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Comunidad de vecinos: ¿cómo funcionan las juntas? Cuáles son los problemas más frecuente y ¿cómo solucionarlos?
En algún momento todos nos planteamos preguntas como estas.
¿Hay más cargos que el de presidente? Toda comunidad de vecinos está obligada a nombrar un presidente, bien por elección, por sorteo o por turno. Es el principal órgano de gobierno de la comunidad de propietarios, pero hay otros: vicepresidente, tesorero, administrador, vocales de la junta... Pero éstos son facultativos: la ley permite que el presidente, en caso de no poder nombrarse a otras personas, desempeñe a su vez las funciones de vicepresidente y administrador. El vicepresidente se elige igual que el presidente y le sustituye en ausencia de éste.
¿Interesan las subastas? Desde enero de este año, la nueva Ley de enjuiciamiento Civil regula las subastas judiciales privadas de inmuebles, para impedir el monopolio de los 'subasteros' y permitir el acceso de los ciudadanos a las subastas en igualdad de condiciones. Así, los particulares pueden visitar los pisos que se subastan; las empresas deben dar publicidad de las subastas; para poder participar hace falta depositar un 20% del precio de salida, etc. Y es interesante porque sale más barato.
Cuotas, ¿cómo se asignan? La ley establece que cada propietario contribuirá a los gastos de comunidad en proporción a su cuota de participación. Esta cuota se le asigna a cada piso o local normalmente en función de la superficie (metros) del mismo. Pero a veces las comunidades acuerdan que determinados gastos serán satisfechos por todos a partes iguales, como por ejemplo los honorarios del administrador, la luz de la escalera, etc. Pero para ello hace falta acuerdo de todos los propietarios que deberá recogerse en el acta de la Junta.
¿Y si no se paga el alquiler? Si un inquilino deja de pagar el alquiler, puede ser desahuciado (echado por mandamiento judicial) de
su piso. Pero si paga lo que debe, bien al casero o bien consignándolo en el juzgado o ante notario, antes de celebrarse el juicio de desahucio, la acción quedará enervada, es decir, que se suspenderá el proceso y el inquilino podrá seguir viviendo en el piso, siempre que no hubiera habido otra enervación anterior.
¿Tienes que pagar una obra si votas en contra? Si se aprueba por mayoría una obra de mejora en tu edificio, con tu voto en contra, y la realización de dicha obra cuesta más de 3
mensualidades ordinarias de gastos comunes, no tienes que pagar. Pero si la obra no es de mejora, sino necesaria para conservar el edificio, todos los vecinos deben contribuir.
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